Tomado de hubster
“La Superintendencia de Industria y Comercio SIC, en su rol de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, confirmó la sanción impuesta por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor contra RAPPI S.A.S., por un valor de mil doscientos cuarenta y cinco millones de pesos ($1.245.000.000)”, así se indica en el comunicado emitido por la Superintendencia de Industria y Comercio.
La SIC determinó que RAPPI S.A.S., había vulnerado las normas de protección al consumidor relacionadas con la calidad del servicio, pues este generaba doble cobro a los consumidores e incumplía en la entrega de pedidos, además, presentaba cancelaciones en las órdenes que hacían los clientes.
De igual forma, la empresa de domicilios omitió la leyenda de advertencia en la publicidad de los productos nocivos para la salud, dado que no incluyó en la publicidad de bebidas alcohólicas información de su nocividad, ni informaba las condiciones para su correcto consumo.
En este mismo orden de ideas, se encontró que la compañía no indicó a los consumidores que el tiempo suministrado para la entrega era un estimado y creaba la expectativa de que los tiempos eran precisos. Finalmente, no verificaba la edad de los consumidores en la entrega de bebidas alcohólicas.