En un comunicado, la autoridad reguladora de los Juegos de Suerte y Azar en Colombia, Coljuegos, informó que los sorteos, concursos o ‘giveaways’ en redes sociales solo podrán efectuarse si cumplen con un permiso por parte de dicha entidad u organismos competentes para realizarlos en las plataformas digitales.
El comunicado se refirió explícitamente a los ‘influencers’ que crean contenido en redes sociales como Instagram y son quienes normalmente organizan sorteos digitales. Sin embargo, se aclaró que las personas naturales o jurídicas que realicen juegos promocionales sin su autorización estarán sujetas a sanciones y multas que ascienden a los 100 salarios mínimos o una inhabilidad para operar juegos de suerte y azar por cinco años.
John Jairo Altamiranda, vicepresidente comercial de Coljuegos, señaló que toda persona o empresa que quiera organizar los famosos ‘giveaways’ o concursos en redes sociales, deberán hacer la solicitud formal, pagar y obtener los derechos de explotación de dicha entidad, que es de 14 % sobre el valor del premio entregado, además de otro 1 % por gastos administrativos. “Pongamos un ejemplo, voy a entregar 10 millones de pesos en plan de premios, de ese dinero el 14 % hay que pagarlo a Coljuegos por derechos de explotación. Esos recursos tienen una destinación específica, que es la financiación de la salud pública de todos los colombianos”.
Coljuegos también estableció que quienes quieran hacer sorteos de este tipo, deberán acogerse y acatar el artículo 20 de la ley 1393 de 2010, que establece las normativas y sanciones por evasión de la autorización.