Menú Close

Este es el protocolo del cese al fuego entre el Gobierno y el ELN

Son nueve puntos para el protocolo que vigilará, a partir del 3 de agosto, el cese al fuego bilateral, acordado por seis meses entre el Gobierno y el ELN.

El primero de estos puntos es: PROTOCOLO DEL ROL DE LA IGLESIA CATÓLICA EN EL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN EN EL MARCO DEL ACUERDO DE CESE AL FUEGO BILATERAL NACIONAL TEMPORAL. Aquí la Iglesia Católica acepta y se compromete a “Asumir el papel de acompañamiento en el Mecanismo de Monitoreo y Verificación a quienes adelantan la verificación de lo acordado entre las Partes.

Dentro de los acuerdos del protocolo están los tres niveles de la instancia de monitoreo y verificación: nacional, regional y local. Además, se trabajará por la difusión sobre el propósito y alcance del cese al fuego.

El segundo es: PROTOCOLO COMPLEMENTARIO AL MANDATO DEL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN – MMV PARA EL CESE AL FUEGO BILATERAL, NACIONAL Y TEMPORAL, en este ítem  se amplía y precisa las tareas del Mecanismo de Monitoreo y Verificación ya expuestas en el protocolo de acciones específicas acordado el pasado 9 de junio. “El Mecanismo de Monitoreo y Verificación funciona con los propósitos de: informar y prevenir incidentes; recopilar, clasificar, verificar, evaluar y calificar cualquier hecho que pueda considerarse como posible incidente que viola el Acuerdo de Cese al Fuego y sus Protocolos, y emitir los conceptos correspondientes; así como realizar labores de pedagogía.

El tercero se trata de: EVALUACIÓN, PRÓRROGA O SUSPENSIÓN DEL ACUERDO DE CESE AL FUEGO BILATERAL, NACIONAL Y TEMPORAL. En este apartado se contempla:

– Informes mensuales de gestión.

– Un informe a los noventa (90) días de inicio de la medida bilateral

– Un informe veinte (20) días antes de finalizar los ciento ochenta (180) días de vigencia del cese al fuego, es decir los seis meses.

– Informes extraordinarios cuando sean solicitados por la Mesa al Mecanismo de Monitoreo y Verificación.

El cuarto es: SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PARA LOS INTEGRANTES DEL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN EN EL MARCO DEL ACUERDO DE CESE AL FUEGO BILATERAL, NACIONAL Y TEMPORAL. En síntesis aquí se contempla que: la protección individual de los integrantes del Ejército de Liberación Nacional – ELN en el Mecanismo de Monitoreo y Verificación, así como de otros integrantes que así lo requieran, estará a cargo de la Unidad Nacional de Protección – UNP.” En cuanto a los los integrantes del Mecanismo de Monitoreo y Verificación en las Instancias Nacional, Regional y Local, estará a cargo de la Policía Nacional.

El quinto punto es PROTOCOLO DE VEEDURÍA SOCIAL Y LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN HUMANITARIA EN EL MARCO DEL ACUERDO DE CESE AL FUEGO BILATERAL, NACIONAL Y TEMPORAL. Este tiene  el propósito de prevenir o atender los incidentes que se puedan presentar en el proceso de cumplimiento del Acuerdo del cese al fuego y sus Protocolos.

El quinto es SEGURIDAD PARA EL ELN Y LOS LUGARES DONDE HACE PRESENCIA EN EL MARCO DEL ACUERDO DE CESE AL FUEGO BILATERAL, NACIONAL Y TEMPORAL. Aquí «…el ELN mantendrá sus propias medidas de seguridad y defensa en los lugares donde hace presencia.” Para prevenir incidentes, el ELN deberá informar al Mecanismo de Monitoreo y Verificación, “de manera oportuna y pertinente las acciones, actividades o movimientos propios en el terreno, encaminados a asegurar su defensa y seguridad”.

Sexto: PEDAGOGÍA DEL ACUERDO DE CESE AL FUEGO BILATERAL, NACIONAL Y TEMPORAL Y SUS PROTOCOLOS. En este punto de los acuerdos de monitoreo, se realizarán labores destinadas a socializar, sensibilizar y alentar la apropiación del sentido dado al cese al fuego. Y se deberán promover comportamientos que fortalezcan su cumplimiento; adecuarse a “las condiciones propias de cada comunidad y de sus territorios».

El último es PROTOCOLO DE COMUNICACIONES DEL ACUERDO DE CESE AL FUEGO BILATERAL, NACIONAL Y TEMPORAL. En este tema Se acuerda para orientar la información que difundan las Partes en los distintos ámbitos – local, nacional, internacional, institucional-, atendiendo “los criterios de objetividad, oportunidad, veracidad y pertinencia”.

Finalmente está EL ROL DE LA MESA DE DIÁLOGOS DE PAZ EN EL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE CESE AL FUEGO BILATERAL, NACIONAL Y TEMPORAL – CFBNT Y SU RELACIÓN CON EL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN. Aquí se reafirma:

– Instancia única de decisión ante cualquier cambio o contingencia relacionados con el cese al fuego. Realiza los ajustes necesarios al acuerdo respectivo y a sus protocolos.

– Máxima vocera sobre su cumplimiento.

– Evaluadora del proceso