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Corte Suprema de Justicia aprueba la unión libre en menores de edad

La Corte Suprema de Justicia estableció que menores entre 14 y 18 años no necesitan permiso de sus padres para estar en unión libre con una persona mayor.

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia determinó recientemente que los menores de edad, entre 14 y 18 años, no necesitan permiso de sus padres para permanecer en pareja, en unión libre o unión marital de hecho.

La ponencia estuvo en manos del magistrado Luis Tolosa, al declarar procedente la unión marital entre un hombre, que para el momento de los hechos tenía 14 años, y una mujer mayor de edad que falleció. Todo en el marco de un proceso de sucesión.

Sin embargo, el Código Civil establece que los menores de edad, desde los 14 años, sí requieren del permiso expreso de sus padres para poder casarse.

Asimismo, la Sala Civil advierte que para adultos menores el ordenamiento los habilita explícitamente para unirse y formar una familia, y para asumir las responsabilidades del caso, motivo por el cual, con relación a estos, no puede predicarse por esa sola circunstancia la ineficacia de la unión marital de hecho o del matrimonio que contraigan.