La Procuraduría General de la Nación, por medio de un comunicado, determinó que la licencia de maternidad no solo deben cobijar a las mujeres, sino también a las demás personas gestantes, es decir, personas no binarias y trans. Asimismo, por un concepto de la procuradora Margarita Cabello, elevado ante la Corte Suprema de Justicia, la norma contemplada en el artículo 236 puede ser discriminatoria.
Así pues, el artículo detalla que: ‘licencia en la época del parte e incentivos para la adecuada atención y cuidado del recién nacido’, según Cabello, este artículo fue hecho sobre un modelo de familia tradicional y puede generarse escenarios de discriminación para el resto de personas gestantes.
En este mismo sentido, insistió que esta norma contemplada solo estaría beneficiando a las mujeres cisgénero, es decir, aquellas que se identifican con el sexo que nacieron. Excluyendo así a hombres trans; esto quiere decir que su sexo asignado al nacer es femenino, pero su identidad de género es masculina.
Para Cabello, el Congreso de la República debe garantizarle el derecho a la seguridad social a todos los colombianos, así como la protección y amparo después del parto a las personas, sin ningún tipo de discriminación por motivos de identidad de género.